jueves, 22 de septiembre de 2016

¿LIBERTAD O PROTECCIÓN A LA ADOPCIÓN?


El individuo se despliega en la sociedad  formándose y proyectándose como instrumento para aportar al desarrollo de la comunidad que lo rodea. Usando así las normas o reglas sociales permitiendo en gran medida la convivencia, ya que regulan la conducta y otras formas de relacionarse con los demás. La tolerancia, la justicia y la solidaridad, entre otros valores, se hacen patentes en una comunidad integrada por seres humanos que ordenan sus vidas ya en lo individual o en lo social, de acuerdo a formas de vida, principios, valores, normas y leyes establecidas justamente para garantizar el bien común. 

La sociedad es un compendio formado por individuos los cuales interactúan entre sí mediante organizaciones tanto jurídicas como formadas por la costumbre. Una de estas formas de organización creada por la costumbre y que genera vínculos jurídicos es la familia en la cual sus integrantes tienen relacione de filiación o de pareja. Según el diccionario de la lengua española la define como “un grupo de personas emparentadas entre sí que viven juntas”.

La protección a la familia ha ido evolucionando a través del tiempo y se han reconocido vario formas de familia; entre ellos la familia nuclear que es formada por los progenitores y sus hijos, la familia extensa donde se reconoce la relación entre abuelos, tíos, primos y otro parientes; entre otros. Las familias pueden estar constituidas dependiendo de la naturaleza de las relaciones que puede ser sanguínea, parental y jurídica.

En Colombia los derechos de los niños, niñas y adolescentes tienen una especial protección e interés superior los cuales prevalecen y tienen mayor importancia que los derechos de los demás, dentro de los cuales está el derecho a la familia, pues es la familia un medio natural para el crecimiento y bienestar de todos sus miembros y en particular de todos los niños. Es por esto que la familia goza de un especial protección por el estado por lo tanto debe satisfacer todas sus necesidades básicas que pueda desarrollarse de la forma más adecuada; pues es el núcleo fundamental de la sociedad.

 Haciendo alusión a la familia jurídica la cual está compuesta por integrantes que no tienen vinculo sanguíneo o parental como la adopción que no es un fenómeno reciente ya que se venía desde antiguas culturas como en Mesopotamia, Grecia, Roma la cual se desarrollaba como un privilegio de los nobles. En la actualidad en Colombia la adopción que es una medida de protección al menor para garantizar su derecho a la familia con altos estándares para ejercer este derecho.


En la última década, el tema de la adopción ha tenido grandes conflictos y diferencias. Pues no existe una idónea regulación y especificación sobre qué tipos de familias pueden adoptar. Al respecto la corte constitucional quien es el ente más importante para garantizar los derechos establecidos en la constitución expidió una sentencia C- 071 de 2015 que genero un debate de carácter moral, constitucional, jurídico y social; por este motivo hubo muchos pronunciamientos por parte del anterior procurador Alejandro Ordoñez, algunos congresistas, y principalmente la sociedad Colombiana.

En esta sentencia la Corte Constitucional indico que la identidad sexual de una persona no puede ser un criterio para definir si puede adoptar o no. Este concepto emitido se aplica solo cuando la solicitud sea para adoptar el hijo biológico de su compañero o compañera permanente; estableciendo así la adopción complementaria o por consentimiento como un modo de respuesta al imperativo constitucional de proteger los derechos del menor y mantener estables sus vínculos de consanguinidad y su hogar principal en el cual ha permanecido eso de forma estable.

En este sentido unos de los conceptos que se debaten el concepto de familia que según el artículo 42 de la Constitución colombiana la define como “el núcleo fundamental de la sociedad, se constituye por vínculos naturales o jurídicos, por la decisión libre de un hombre y una mujer de contraer matrimonio o por la voluntad responsable de conformarla”. Al respecto la corte constitucional señalo en su sentencia C-577 de 2011 dijo que este concepto de familia también deber hacerse extensivo a familias conformadas por parejas homosexuales. Esto gracias a que con la evolución el hombre también evoluciona las formas de relacionarse e integrarse como como son las familias monoparentales y compuestas. Por ellos en esta misma sentencia las corte dijo “El carácter maleable de la familia se corresponde con un Estado multicultural y pluriétnico que justifica el derecho de las personas a establecer una familia “de acuerdo a sus propias opciones de vida, siempre y cuando respeten los derechos fundamentales”, pues, en razón de la variedad, “la familia puede tomar diversas formas según los grupos culturalmente diferenciados”, por lo que “no es constitucionalmente admisible el reproche y mucho menos el rechazo de las opciones que libremente configuren las personas para establecer una familia”.

Pero en rechazo a esto la senadora Vivian Morales promueve un referendo permite la adopción solo para parejas heterosexuales. El propósito central de esta iniciativa es permitir la adopción solo a las parejas conformadas entre un hombre y una mujer argumentando que la adopción es un mecanismo de protección de los niños por medio del cual se pueden adoptar por parte únicamente de parejas conformadas por un hombre y una mujer ya que cuando un niño está sin papa y mama, en estado de vulnerabilidad se busca que el estado le devuelva lo que perdió es decir una familia heterosexual mente constituida.
La senadora Claudia López opina que el proyecto lleva a establecer una discriminación por orientación sexual a la hora de acudir al proceso de adopción de menores y a la vez respaldando esta postura se cree que se van a restringir otros derechos fundamentales a través de mecanismos democráticos.


Para concluir es claramente expresable que el debate es un tema de concepción moral que en un país como el nuestro en el cual se garantizan muchos derechos, y que por medio de mecanismos participativos queremos colocar limitaciones a estos. Es un debate que por un lado protege el derecho a la familia heterosexual y por el otro a la familia igualitaria.    

SOMOS EL MERO DERECHO

Es una propuesta de la Universidad de Nariño mediante la cual se  presentan temas de actualidad que generan debate, rescatando temas jurídicos de interés general y social para el acceso a todos los públicos. este espacio se genera para un debate social en diferentes ciencias que generen discusión.
Los autores somos:
*Ana Lucia Zambrano
*Estefania Solarte
+Raul Daniel Realpe Quetama